01.10.2014

Tercer trimestre de 2014

Trimestre 3

Abierto el plazo para presentar la declaración de autoliquidación del pago fraccionado y retenciones a cuenta del IRPF y liquidación del IGIC correspondiente al tercer trimestre de 2014.

Plazo de prestación del servicio de asesoría: 15 de octubre de 2014

Más información:

Asesoría fiscal
Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria
C/ Luis Doreste Silva, 3 Planta 1ª
35004 Las Palmas de Gran Canaria
T. (+34) 928 248 844
F. (+34) 928 248 161
E. afiscal@arquitectosgrancanaria.es

D. Esteban Ramos (ext. 22)
Dña. Margarita de León (ext. 23)
D. Sergio Hernández (ext. 24)

Información detallada:

Estimado Compañero:

Te recuerdo que el día 1 de Octubre se abre el plazo para presentar declaración autoliquidación del Pago Fraccionado (mod. 130) y Retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (mod. 111 y 115), correspondiente al tercer trimestre de 2014. Asimismo, se inicia el plazo para la liquidación del tercer trimestre de 2014 del igic. Para efectuarlas a través de la Demarcación, deberás aportar, no mas tarde del día 15 de octubre, los siguientes datos:

  • Relación de Colaboradores, con expresión de sus datos identificativos y pagos efectuados durante el trimestre. (no olvidar NIF)
  • Recibos justificativos del pago de salarios para el caso de que tuvieses personal asalariado.
  • Importe de los ingresos íntegros profesionales de todo el ejercicio. (enero a diciembre de 2014)
  • Importe de los gastos producidos durante el periodo (enero a octubre de 2014)
  • Retenciones que, como profesional, te hubieren practicado.
  • Importe del IGIC repercutido y soportado durante el tercer trimestre.

Por otro lado, hay que recordar a aquellos colegiados que hayan cobrado IVA a lo largo del trimestre que deberán liquidarlo también en el curso de este período liquidación que también podrás efectuar en esta Demarcación.

Finalmente, deberás, asimismo, aportar los datos relativos a las retenciones practicadas en concepto de arrendamientos así como los datos relativos al arrendador (nombre y apellidos o razón social, domicilio, NIF)

Las Sociedades deberán, también, presentar las declaraciones trimestrales de retención a colaboradores o asalariados, así como las declaraciones indicadas más arriba del IGIC y de arrendamientos, en su caso amén de la presentación de las declaraciones correspondientes al pago fraccionado del Impuesto de Sociedades modelo 202.

Asimismo, el próximo día 5 de Noviembre, procede realizar el ingreso del 40% del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, para el caso de que hayas optado por este fraccionamiento, debes tener en cuenta que en caso de haber domiciliado el segundo plazo la entidad bancaria llevará a efecto el cargo de forma automática en la cuenta designada a tal fin. En el caso de no haber realizado la domiciliación será necesario cumplimentar el modelo correspondiente.

Recibe un cordial saludo

Esteban Ramos Pérez
Asesor Fiscal

Información relacionada:

Gastos deducibles.

Descargas:

Circular oficial (171 kb)