BOE de 5 de julio de 2014
Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Incorporación de Disposición adicional 40 a la Ley 35/2006
Con efectos desde la entrada en vigor del RD (05/07/14)
Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de actividades profesionales
(…) el porcentaje de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales será el 15 por ciento cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75 por ciento de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.