27.12.2022

Cuestiones fiscales a tener en cuenta al finalizar el año

Estimado Compañero:

​El propósito de esta circular es hacerte llegar aquellas consideraciones que puedan ser de mayor interés, con carácter general de cara al cierre del ejercicio que tendrá lugar en los próximos días.

​Una de las cuestiones que se recuerda desde los técnicos del Ministerio de Hacienda hace referencia a la reducción establecida para este año de la aportación máxima al plan de pensiones individuales, que para el presente ejercicio está establecida en la cantidad de 1.500,00 €. En este caso conviene recordar que para quienes hayan superado la cifra de 60.000,00 € de rendimiento neto, el ahorro fiscal puede suponer casi la mitad de la aportación. No obstante, para aquellos colegiados que tengan a la Hermandad Nacional como régimen alternativo a la Seguridad Social el límite podría ser superior, a estos efectos se aconseja consultar con la Hermandad Nacional que podrá indicar hasta qué importe se pueda aportar, en cada caso, al sistema de previsión.

​Recordar que la cuantía para el conjunto de los denominados gastos de difícil justificación que se mantiene en el 5% con el límite máximo de 2.000,00 €. También es menester recordar la posibilidad de acogerte al régimen de “libertad de amortización” en la compra de todos aquellos bienes de inversión (activos materiales como hardware o inmateriales como software) cuyo coste de adquisición por unidad de bien haya ascendido a una cantidad inferior a 300,00 €. Este incentivo te permite amortizar en su totalidad la compra de aquellos bienes sin tener que aplicar las cuotas de amortización que prevé la norma.

​No podemos dejar de hacer referencia a la posibilidad de aplicar la deducción por inversiones profesionales en la compra de activos materiales, consistente, dicha deducción, en un 25% sobre el coste de adquisición que se aplica en la cuota del impuesto con un límite que viene a ser el 50% de la cuota líquida.

​Recordar, asimismo, la posibilidad de cancelar parcialmente el préstamo por la compra de vivienda habitual para aprovechar la deducción que establece la norma para aquellas adquisiciones de estos inmuebles realizadas con anterioridad al ejercicio 2012. El lím ite de deducción está en la cantidad de 9.045,00 €

​Finalmente, indicar que los donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción (ONG, etc.) permiten deducir el 80% para los primeros 150,00 € y el 35% para los importes restantes que llega al 40% si en los dos años inmediatamente anteriores se dona a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

Desde la Asesoría Fiscal del Colegio de Arquitectos queremos hacerte llegar, una vez más nuestra más sincera felicitación en estas entrañables Fiestas de Navidad con el más intimo y profundo deseo de que 2023 sea un año que colme absolutamente todos tus anhelos

Recibe un cordial saludo

Esteban Ramos Pérez
Asesor Fiscal

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D. Esteban Ramos (ext. 22)
Dña. Margarita de León (ext. 23)
D. Sergio Hernández (ext. 24)

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Circular oficial (123 kb)