10.01.2012

Modificación de retenciones

Retenciones IRPF

Modificación de retenciones

Medidas de aplicación inmediata recogidas en el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

Más información:

Asesoría fiscal
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D. Esteban Ramos (ext. 22)
Dña. Margarita de León (ext. 23)
D. Sergio Hernández (ext. 24)

Información detallada:

Estimado Compañero:

Como sabes, recientemente se han aprobado una serie de medidas que tienen, evidentemente una clara intención de incrementar la recaudación. Las medidas se recogen en el Real Decreto-Ley 20/2011 publicado en el BOE de 31 de diciembre pasado. Entre otras medidas que afectan al Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto Sobre Sociedades, por su aplicación inmediata reseñamos, seguidamente, las que corresponden al incremento de las retenciones. En una próxima circular ahondaremos en el resto de medidas que se han adoptado.

Como decimos, entre aquellas que tiene una aplicación inmediata cabe citar el incremento en los tipos de retención tanto de los pagos por arrendamientos urbanos, como capital mobiliario, y las retenciones aplicables a las retribuciones que se perciben como miembro del Consejo de Administración o Junta que haga las veces.

Efectivamente, tal como se señala en el Real Decreto-Ley de referencia se modifica el contenido del artículo 101 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas de tal forma que durante los períodos 2012 y 2013 los porcentajes de retención correspondientes a rendimientos de capital mobiliario, (Intereses derivados de depósitos bancarios, por ejemplo) así como los pagos que se realicen por el arrendamiento de inmuebles destinados a alguna actividad económica experimentan un incremento de tal forma que se pasa de una retención del 19% a una retención del 21%. Esto quiere decir que si estas abonando un alquiler por el estudio en el que ejerces la actividad profesional y venías aplicando una retención del 19% deberás incrementar su importe al 21%.

También se ha producido un incremento en el tipo retención aplicable a las retribuciones que perciben los miembros de Consejos de Administración de sociedades y miembros de Juntas que hagan las veces pasando del 35% que se aplicaba hasta el 31 de Diciembre al 42% que se aplica actualmente.

Existen otras modificaciones que afectan, por ejemplo, a la deducción por inversión en vivienda habitual, y que, como hemos dicho, serán objeto de información en una próxima circular.

Recibe un cordial saludo.

Esteban Ramos Pérez
Asesor Fiscal

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