20.03.2009

Primer trimestre de 2009

Trimestre 1

El día 1 de Abril se abrirá el plazo para presentar declaración autoliquidación de Pago Fraccionado y Retenciones a cuenta del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, tanto de colaboradores como de alquiler de bienes inmuebles urbanos, correspondiente al primer trimestre de 2009. Asimismo, se inicia el plazo para la liquidación del IGIC.

Más información:

Asesoría fiscal
Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria
C/ Luis Doreste Silva, 3 Planta 1ª
35004 Las Palmas de Gran Canaria
T. (+34) 928 248 844
F. (+34) 928 248 161
E. afiscal@arquitectosgrancanaria.es

D. Esteban Ramos (ext. 22)
Dña. Margarita de León (ext. 23)
D. Sergio Hernández (ext. 24)

Información detallada:

Es importante recordarte que si deseas efectuarlas a través de la Demarcación, deberás aportar, no más tarde del día 15 de abril, los datos que seguidamente se indican, toda vez que pasada dicha fecha se dificultaría la presentación de los modelos, los datos son los siguientes (referidos al período impositivo: 1 enero a 31 de marzo)

  • Importe de los honorarios íntegros percibidos
  • Importe de los gastos producidos
  • Retenciones que, como profesional, te hubiesen practicado.
  • Pagos efectuados a colaboradores con expresion de sus datos identificativos.
  • Salarios abonados.
  • Importe de las rentas de alquiler abonadas.
  • Importe del IGIC repercutido y soportado.

Sociedades:

Además de la obligación, en su caso, referente al ingreso de las retenciones antes indicadas, también en los veinte primeros días, corresponde el pago a cuenta del IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, debiendo, en cualquier caso, aportar la documentación en la misma fecha, consistiendo dicha documentación fundamentalmente en la última liquidación del Impuesto Sobre Sociedades.

Presentación modelo 347 del ejercicio 2008:

Asimismo, aprovecho la oportunidad para recordarte que en estas fechas estamos terminando de preparar la declaración anual de operaciones superiores a 3.005,06 €, cuyo vencimiento será durante el presente mes de marzo. Si por cualquier circunstancia aún no has tenido oportunidad de entregar los datos en la Asesoría, rogamos lo hagas a la mayor brevedad posible al objeto de poder cumplimentar con suficiente antelación la referida declaración.

Descargas:

Circular oficial (100 kb)