Estimado Compañero:
La Ley 4/2012, de 25 de Junio, por la que se aprueban las Medidas Administrativas y Fiscales introduce importantes modificaciones en los tipo impositivos del IGIC, una de dichas modificaciones consiste en el incremento del tipo general que pasa de ser el 5% al 7%. Por tanto, desde el próximo lunes todas las facturas que emitas deberán incorporar un 7% de IGIC salvo aquellos colegiados que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 10.1.28 de la Ley 20/1991, estén exentos del mencionado impuesto.
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Esteban Ramos Pérez. Asesor Fiscal
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