BOC de 28 de mayo de 2013
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Anuncio de 20 de mayo de 2013, por el que se procede a la publicación de la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias.
Modificación estatutaria del artículo 13.5 del Estatuto Particular del COAC, aprobada en la Asamblea General del COAC celebrada en Gran Canaria el 31 de enero de 2013, y visada por el Pleno del CSCAE el 21 de febrero de 2013.
5. Todos los colegiados no suspendidos en sus derechos podrán asistir con voz y voto a las Asambleas Generales. El voto deberá ser personal y directo. No obstante, los colegiados podrán delegar su voto en otro colegiado, tanto en las asambleas ordinarias como extraordinarias.
La delegación habrá de ser expresa para cada asamblea y se verificará ante la Secretaría de cada Demarcación en la forma y contenido que disponga la Junta de Gobierno, que deberá detallarse al realizar la convocatoria de cada asamblea.
El número de delegaciones de voto que recaigan sobre un mismo colegiado no podrá ser superior al 4% del censo con redondeo al alza.
Solamente se admitirán las delegaciones de voto que tengan lugar antes de las 12.00 horas del día anterior al de celebración de la asamblea. La asistencia personal del colegiado a la asamblea supondrá la revocación de la delegación conferida.
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